La Asociación Nacional de Fútbol Profesional, informa que el viernes 15 de enero del 2021, se les comunicó a todos los clubes, por mandato de la Primera Sala del Tribunal de Disciplina, la plena aplicación del artículo 41° del Código de Procedimiento y Penalidades.
Esto, “establece que en los partidos que forman parte de competencias y series complementarias de los torneos regulares, tales como liguillas, definiciones, play offs u otras formas de resolución de dichos torneos, no se aplica el Artículo Transitorio N°2 del mismo código”.
De esta manera, al finalizar la fase regular de cada competencia, rige el artículo 41°